España acerca de sus espacios y prácticas de enterramiento

Experiencias de distintas comunidades islámicas en España acerca de sus espacios y prácticas de enterramiento

 

La Constitución Española de 1978 en su artículo 16 garantiza el derecho a la libertad religiosa. Desde entonces, se aprobó la Ley Orgánica de Libertad Religiosa y se firmaron los acuerdos de cooperación entre el Estado español con las distintas confesiones que conviven en nuestro país, incluyendo el Acuerdo de Cooperación con la Comisión Islámica en España.

 

Entre el abanico de derechos que se reconocen en toda esta normativa, se encuentra el derecho a ser enterrado de acuerdo con las convicciones religiosas de uno mismo, un tema que será el de objeto de estudio en este escrito. No es poco el desarrollo legislativo sobre esta materia que se produjo desde la llegada del periodo democrático.

 

No obstante, para analizar su puesta en práctica y conocer cuáles son las sensaciones que distintas comunidades islámicas tienen al respecto, se ha decidido entrevistar a distintas personas que han mantenido cierta relación con la gestión de espacios de enterramientos islámicos en distintas partes de España que albergan grandes porcentajes de población islámica.

 

ENTREVISTA CON ABDUL WADUD SABATÉ ARESTE, BARCELONA.

 

Abdul Wadud (Jordi) Sabaté Areste es vicepresidente de la Asociación Azahara Naqshbandi y presidente de la Asociación Cultural Centre Sufi de Barcelona. La entidad mencionada es una asociación con fines religiosos que, además, ha mantenido distintos contactos con la Generalitat y el Ayuntamiento de Barcelona.

 

Entre los trabajos que ha realizado, se encuentra la gestión para la habilitación de una parcela destinada a la práctica de inhumaciones islámicas en Barcelona. Por otro lado, la Asociación de la que es vicepresidente, consiguió a través de una cesión municipal un cementerio islámico en el pueblo de Órgiva, que alberga enterramientos de gente fallecida tanto en ese municipio como fuera de él.

 

  1. SOBRE LA CREACIÓN, REHABILITACIÓN Y GESTIÓN DEL CEMENTERIO

 

Pregunta: ¿Qué tipo de cementerio es? ¿Público, privado, o histórico (de la Guerra Civil)?

 

Respuesta: En Barcelona existen varios cementerios, hay uno municipal que es el de Montjuïc, los espacios que se encuentran ahí son muy pequeños. Albergó inhumaciones en los años 70 y después, sólo quedaron espacio para las inhumaciones de niños muy jóvenes.

 

Por otro lado, el cementerio principal es el de Collserola, situado al norte de Barcelona. Este cementerio cuenta con una gran dimensión y se podría decir que es la necrópolis oficial para los musulmanes. No obstante, los musulmanes únicamente cuentan con una parcela destinada para ellos.

 

Pregunta: ¿De qué periodo data la inauguración del cementerio?

 

Respuesta: La inauguración para los musulmanes se produjo en la década de los años 80 del siglo pasado y tras ello se produjeron varias ampliaciones, la última se produjo cerca de hace cinco años.

 

Pregunta: Si se rehabilitó. ¿Supuso su rehabilitación grandes esfuerzos por la comunidad local?

 

Respuesta: La apertura del cementerio islámico supuso un gran esfuerzo por parte de la comunidad siria asentada en Barcelona que escapaba del régimen dictatorial de Hafid al Asad y cuyos miembros tenían la intención de ser enterrados aquí, no tenían intención de volver a Siria debido a las persecuciones políticas. Fue la comunidad siria quien realizó las gestiones para establecer el cementerio islámico de Barcelona.

 

Pregunta: En relación a su apertura o rehabilitación. ¿Qué impedimentos o requisitos de importancia encontraron tuvieron que afrontar?

 

Respuesta: En lo que respecta al trato con las autoridades, se produjo un trato corriente, los requisitos fueron meramente administrativos y no supusieron un gran problema. No obstante, en su habilitación, se generó malestar por parte de la comunidad islámica debido a una mala gestión, no por parte de las autoridades sino por la propia comunidad, donde no se respetaron los requisitos islámicos de enterramientos o de diseño de los espacios.

 

En líneas generales, existe una opinión generalizada de que se obró de manera negligente e injustificada y tuvo una organización que dejó mucho que desear. Incluso después de tantos años, no se han corregido dichas conductas, por lo que en muchos aspectos no se puede decir que es un cementerio o un espacio islámico de enterramientos.

 

Pregunta: La población musulmana en España ha aumentado en los últimos años y en gran parte debido a los fenómenos migratorios recientes. ¿Se han notado sus efectos en la cantidad de inhumaciones que se practican?

 

Respuesta: Sí, se ha notado su incremento, pero no de forma significativa. La razón de ello se debe entre otros factores a que los precios de los seguros de repatriación de los cadáveres a sus países de origen son muy asequibles y mucha gente ni se plantea ser enterrada en España. Por ello, podría decirse que las repatriaciones de cadáveres es una moda con grandes tintes comerciales que frena el aumento de entierros en los cementerios islámicos españoles.

 

No obstante, también se espera que en los próximos años las inhumaciones aumenten considerablemente debido a que hay muchas personas que ya han nacido aquí y han perdido todo vínculo con sus países de origen, por lo que serán enterrados aquí.

 

Pregunta: ¿Afronta el cementerio problemas de espacio? Si es así, ¿cómo se muestran las autoridades locales ante ello?

 

Respuesta: Sí, el espacio para enterramientos islámicos ha afrontado problemas de espacio que han sido resueltos por las funerarias, no por el Ayuntamiento. Las funerarias cuentan con la explotación del lugar y son tres empresas, una de titularidad pública, otra mixta y la tercera privada.

 

Cabe resaltar que, como empresas, realizan una labor dedicada a la especulación. En 2017 realizaron un macroproyecto que pretendía no practicar enterramientos sobre tierra sino en nichos subterráneos para los musulmanes. Estas empresas llegaron a reunir a representantes de las distintas comunidades en Barcelona para promocionar dicho proyecto a gran escala y así vender los espacios disponibles.

 

La respuesta que recibieron fue una negativa rotunda por todas las comunidades, puesto que lo vieron como una técnica comercial para algo donde consideramos que no se debe hacer negocio puesto que enterrarse dignamente es un derecho de toda persona y, además, propusieron un diseño de las instalaciones que atentaba contra todas las convicciones religiosas, las cuales no se tuvieron en cuenta a la hora de diseñar el proyecto.

 

Es importante también mencionar que con la creciente tendencia de la práctica de las incineraciones se está produciendo un menor uso de los espacios municipales de enterramientos y creemos que en muchos casos ese crecimiento de espacios será para los fallecidos de confesión islámica.

 

Pregunta: ¿Ante qué desafíos se encuentran actualmente o prevén encontrar en futuro cercano en lo relacionado con las instalaciones actuales del cementerio?

 

Respuesta: Se prevé un aumento significativo de la población y se están realizando inhumaciones que los propios practicantes de la fe islámica ven incompatibles con sus creencias, en ese aspecto las distintas comunidades islámicas están de acuerdo entre ellas y comparten un malestar común, creemos que los espacios de enterramiento son insuficientes en la actualidad y que en el futuro el problema será incluso mayor. Muchos musulmanes han nacido aquí y no se enterrarán en otros países, han perdido toda conexión con los países de sus padres, es necesario que en 10 años se produzca un cambio y se encuentre una solución.

 

Creemos además que las prácticas islámicas de enterramiento no tienen por qué necesariamente ser incompatibles con la normativa vigente y creemos que, por parte de las autoridades -con las cuales tenemos buena relación- se puede llegar a encontrar una solución en las que todos estemos de acuerdo.

 

  1. SOBRE LAS PRÁCTICAS DE ENTERRAMIENTO

 

Pregunta: ¿Prohíbe de la normativa catalana la inhumación sin féretro? ¿Afrontan debido a ello problemas a la hora de practicar enterramientos?

 

Respuesta: La normativa catalana no prohíbe expresamente las inhumaciones sin féretro. No obstante, el problema es que se ha intentado regular por parte del Ayuntamiento y ha sido la Generalitat la que no lo ha permitido debido a razones medioambientales, alegando que cuando los cadáveres se descomponen, los líquidos pueden filtrarse en el subsuelo y afectar a acuíferos y contaminarse.

 

Ante este impedimento, en uno de los proyectos que se presentaron se incluía un estudio sobre el terreno destinado a enterramientos en el cual se verificaba la inexistencia de aguas subterráneas y que, por lo tanto, las posibles filtraciones no podrían llegar a afectar el agua de consumo humano. En el proyecto, además, se incluyó un catálogo de cementerios islámicos tanto en el resto de España como de Europa donde se permiten las inhumaciones sin féretro. El proyecto al principio pareció ser bien recibido en el Ayuntamiento, pero al llegar la siguiente legislatura se denegó.

 

Las comunidades percibimos que existe una impasividad por parte de las autoridades aun facilitándoles el trabajo y creemos que no debería de ser una decisión política sino una cuestión de legalidad, ya que los fines que se persiguen son un derecho fundamental constitucionalmente reconocido y perfectamente compatibles con la normativa, incluso las sanitarias.

 

Prueba de su compatibilidad legal es la existencia del cementerio de “Rocas Blancas” en Cataluña, donde se practican enterramientos de acuerdo con las convicciones judías y donde se permitió por las autoridades las inhumaciones sin féretro.

 

Pregunta: En el periodo de estado de alarma debido a la COVID-19 por motivos de salubridad se hacían preceptivas las inhumaciones con féretro. ¿Afrontaron los allegados de los fallecidos algún malestar por dicha medida?

 

Respuesta: La negativa a la práctica de inhumaciones sin féretro en el periodo de la COVID fue aún más acentuada, en muchas ocasiones se llegaron a practicar cremaciones o inhumaciones en fosas comunes (prácticas contrarias a las creencias islámicas) a aquellos fallecidos con los que no se pudo contactar con sus familias en el extranjero, o que no podían repatriarse sus cuerpos al haber restricciones fronterizas.

 

Otro malestar que se produjo en las comunidades islámicas fue la práctica de muchos de enterramientos en nichos habilitados por el Ayuntamiento sin tener en cuenta las convicciones religiosas de los fallecidos. No obstante, se entiende que fueron medidas excepcionales por la situación que se produjo, pero también se cree que existía la posibilidad de respetar en la medida de lo posible las creencias de los fallecidos.

 

Pregunta: De acuerdo con las prácticas islámicas, la realización de autopsias es algo que se evita a toda costa. ¿Es común que las autoridades pertinentes eximan de su práctica al alegarse motivos religiosos?

 

Respuesta: No, es más, los protocolos hospitalarios son prioritarios a la libertad religiosa, existen algunas excepciones, pero no es la norma. En el entorno de nuestra comunidad hay bastantes médicos y se observa que sus protocolos médicos limitan ciertos derechos y libertades.

 

Otra de las sensibilidades que encontramos es que la normativa sanitaria en Cataluña es muy poco respetuosa con el derecho constitucional a la libertad religiosa. No es tanto el personal sanitario sino la normativa. Por ejemplo, en Cataluña hay muchos médicos con profundas convicciones religiosas parecidas a las islámicas que realizan un gran esfuerzo por respetarlas, pero en muchos casos no pueden, ya que se encuentran subordinados a la normativa de los hospitales.

 

Pregunta: ¿Ha habido casos en los que se haya ordenado su práctica sin motivo aparente e incluso habiendo alegado motivos religiosos para su oposición?

 

Respuesta: Sí.

 

Pregunta: Muchos fallecidos extranjeros son repatriados a sus países de origen. ¿Se aprecia que esta práctica haya disminuido en los últimos años y se practiquen las inhumaciones en los cementerios españoles?

 

Respuesta: Si, pero la mayoría de musulmanes extranjeros son repatriados, pero se aprecia que las repatriaciones disminuyen, aunque muy lentamente y en el futuro existirá una gran necesidad de habilitar nuevos espacios, ya que muchos musulmanes no tendrán ninguna relación con terceros países.

 

Pregunta: ¿Han afrontado en el pasado dificultades de cara a la normativa a la hora de realizar inhumaciones de acuerdo con las prácticas islámicas? En caso afirmativo, ¿Qué tipos de inconvenientes?

 

Los inconvenientes principales son tres, las inhumaciones sin féretro y en contacto con la tierra, la brevedad de practicar el enterramiento desde el momento del fallecimiento y la práctica de las autopsias.

 

Empezando por el primer inconveniente, encontramos por un lado la negativa de las autoridades a las inhumaciones sin féretro descritas anteriormente y, además, que en muchos cementerios catalanes no se tiene ni siquiera la opción de enterrar bajo tierra, sino que tienen habilitados nichos, algo que atenta contra las prácticas islámicas de enterramiento.

 

En el segundo inconveniente, acerca de la dilación temporal entre el fallecimiento y la inhumación, la normativa establece un tiempo de tres días, a veces hemos sido testigos de una prolongación de hasta cinco días debido a que las funerarias no trabajan los fines de semana. Esto lo consideramos completamente innecesario, en otras comunidades autónomas dichas dilaciones temporales son menores, mientras que aquí existe poco espacio para operar en lo que respecta a la autonomía de las confesiones.

 

El último inconveniente es la autopsia, los musulmanes tenemos la creencia de tratar al cadáver con el mismo respeto a su integridad física que se le tendría en caso de que estuviese vivo. Introducir el cuerpo varios días en un refrigerador y lesionarlo mediante la autopsia es algo que se rechaza en todo momento basándose en el principio de respeto al difunto.

 

Pregunta: ¿Se ha notado a lo largo de los años una mayor permisividad por la normativa o por las autoridades en lo que respecta a la realización de las prácticas islámicas de enterramientos?

 

Respuesta: Sí, ha habido algunos cambios. El primero es significantemente positivo, es cierto que ha habido un creciente acercamiento por parte de la Administración Pública y las funerarias para interesarse acerca y respetar las prácticas islámicas de enterramiento. Yo entiendo que esto se debe a la disminución de entierros de no musulmanes (debido a las cremaciones) y en cierta manera se están sustituyendo por las inhumaciones de los musulmanes, ya que éste si se entierra. El aumento de la población hace que las autoridades y las funerarias se interesen por esas nuevas prácticas, que son realizadas por unas nuevas generaciones de musulmanes que son españoles de pleno derecho y mantienen sus prácticas religiosas de enterramiento

 

Por otro lado, otra cuestión que es clave para esta problemática es que no se produce una plasmación del interés en la normativa, el legislador no muestra gran flexibilidad en lo que respecta a la normativa de estas prácticas. Es más, me atrevo a decir que en algunas poblaciones donde hay una mayor cantidad de musulmanes la normativa incluso se ha hecho más rígida por miedo a la normalización de dichas prácticas.

 

Pregunta: Información adicional o comentarios que puedan añadirse y ser de utilidad al respecto.

 

Respuesta: Cabe señalar que otro de los impedimentos o dificultades más comunes son los costes de las inhumaciones, el precio final tras todos los trámites acaba siendo desproporcionado y en la mayoría de veces está completamente injustificado, no hay una relación entre el servicio prestado y su coste, es prácticamente usurero.

 

Vivimos en una realidad en la cual se normaliza el monetizar todo, el poder ser enterrado de forma digna de acuerdo con las convicciones de uno mismo no debería ser un negocio, sino un derecho inherente a la persona.

 

ENTREVISTA CON JALID NIETO MORENO, SEVILLA.

 

La segunda entrevista se realiza a Jalid (Joaquín) Nieto Moreno, vicepresidente de la Fundación Mezquita de Sevilla, entidad conocida por su incansable labor en la construcción de la primera mezquita en la capital andaluza. La entidad, además, ha mantenido a lo largo de los años contacto y relaciones tanto con las Administraciones Públicas nacionales como internacionales al igual que relaciones con otras comunidades en diversa temática sobre la promoción de distintos proyectos, entre los que se encuentra el cementerio islámico de la ciudad.

 

  1. SOBRE LA CREACIÓN, REHABILITACIÓN Y GESTIÓN DEL CEMENTERIO

 

Pregunta: ¿Qué tipo de cementerio es? ¿Público, privado, o histórico (de la Guerra Civil)? y ¿Cuándo se inauguró?

 

Respuesta: Es un cementerio público histórico, es decir, de la Guerra Civil Española cuya inauguración data del año 1936.

 

Pregunta: Si es un cementerio rehabilitado del periodo de la Guerra Civil ¿Cuándo se rehabilitó?

 

Respuesta: Se rehabilitó en 1984.

 

Pregunta: Si se rehabilitó. ¿Supuso su rehabilitación grandes esfuerzos por la comunidad local?

 

Respuesta: Fue una cesión del Ayuntamiento de Sevilla a la comunidad islámica local, Umma.

 

Pregunta: En relación a su apertura o rehabilitación. ¿Qué impedimentos o requisitos de importancia encontraron tuvieron que afrontar?

 

Respuesta: No se presentaron grandes impedimentos o requisitos fuera del ordinario con las Administraciones Públicas. No obstante, los esfuerzos más grandes que se han notado hasta la fecha fueron para las dos ampliaciones que se han producido, la primera en 2017 y la segunda en 2022.

 

Pregunta: La población musulmana en España ha aumentado en los últimos años y en gran parte debido a los fenómenos migratorios recientes. ¿Se han notado sus efectos en la cantidad de inhumaciones que se practican?

 

Respuesta: Sí, prueba de ello son las ampliaciones anteriormente mencionadas.

 

Pregunta: ¿Afronta el cementerio problemas de espacio? Si es así, ¿Cómo se muestran las autoridades locales ante ello?

 

Respuesta: En la actualidad se cuenta con espacio, pero se prevé que en un futuro se deberá ampliar nuevamente. Por otro lado, las autoridades del Ayuntamiento desde un principio consideraron que el espacio de enterramiento es un derecho del ciudadano y se costeó de las arcas municipales las dos ampliaciones, a veces con presión de nuestra parte.

 

  1. SOBRE LAS PRÁCTICAS DE ENTERRAMIENTO

 

Pregunta: De acuerdo con el Decreto núm. 95/2001 de la Junta de Andalucía se permiten enterramientos sin féretro por motivos de confesión. ¿Afrontaron en fechas anteriores a la aprobación de dicho Decreto problemas a la hora de practicar enterramientos?

 

Respuesta: La conducción del cadáver hasta el cementerio se realiza en féretro, no obstante, la inhumación se realiza en tierra simplemente con el sudario.

 

Pregunta: En el periodo de estado de alarma debido a la COVID-19 por motivos de salubridad se hacían preceptivas las inhumaciones con féretro. ¿Afrontaron los allegados de los fallecidos algún malestar por dicha medida?

 

Respuesta: No se han presentado grandes diferencias durante el estado de alarma de la COVID-19 más que las medidas pertinentes durante el estado de alarma.

 

Pregunta: De acuerdo con las prácticas islámicas, la realización de autopsias es algo que se evita a toda costa. ¿Es común que las autoridades pertinentes eximan de su práctica al alegarse motivos religiosos?

 

Respuesta: Es común la práctica de autopsias por orden judicial, no obstante, en casos como muerte por razones naturales o por enfermedades prolongadas se pueden evitar alegando dichos motivos.

 

Pregunta: Muchos fallecidos extranjeros suelen ser repatriados a sus países de origen. ¿Se aprecia que esta práctica haya disminuido en los últimos años y se practiquen las inhumaciones en el cementerio de Sevilla?

 

Respuesta: Se experimenta que en la actualidad siguen produciéndose muchas repatriaciones, no obstante, muchas familias optan en la actualidad por que se produzcan aquí las inhumaciones, dado que sus descendientes se encuentran en nuestra tierra.

 

Pregunta: ¿Han afrontado en el pasado dificultades de cara a la normativa a la hora de realizar inhumaciones de acuerdo con las prácticas islámicas? En caso afirmativo, ¿Qué tipo de inconvenientes?

 

Respuesta: No hemos tenido inconvenientes significativos, una vez cumplimentados los requisitos administrativos y la adjudicación del correspondiente espacio para practicar la inhumación, es la propia comunidad islámica local quien la realiza.

 

Desde nuestra experiencia, debido a que se ha practicado una gestión correcta, no se han presentado problemas significativos de cara a las entidades locales.

 

ENTREVISTA CON ABDELKARIM DELGADO RODRÍGUEZ, GRANADA.

 

Nuestra tercera entrevista es con Abdelkarim (José Francisco) Delgado Rodríguez, tesorero de la Comunidad Musulmana Española de la Mezquita At-Taqwa, entidad que gestionaba largo periodo de tiempo el funcionamiento del Cementerio Islámico de Granada.

 

  1. SOBRE LA CREACIÓN, REHABILITACIÓN Y GESTIÓN DEL CEMENTERIO

 

Pregunta: ¿Qué tipo de cementerio es? ¿Público, privado, o histórico (de la Guerra Civil)?

 

Respuesta: Es un cementerio público histórico, de la Guerra Civil Española.

 

Pregunta: ¿De qué periodo data la inauguración del cementerio?

 

Respuesta: El cementerio se inauguró en plena Guerra Civil, y albergó a las tropas musulmanas caídas en el bando franquista.

 

Pregunta: Si es un cementerio rehabilitado del periodo de la Guerra Civil ¿Cuándo se rehabilitó?

 

Respuesta: El Cementerio Islámico de Granada se rehabilitó a principios de los años 80, con su primera inhumación, posteriormente, en la década de los 90 se realizó un vallado para delimitar el perímetro del recinto, en 2002, se llevó a cabo entre el Ayuntamiento de Granada y la entidad islámica un Convenio que regulaba de manera más concisa los aspectos relativos a dicho recinto y las prácticas llevadas a cabo. Finalmente, en el año 2008 se produjo una rehabilitación más compleja del lugar que la de los años 90.

 

Pregunta: Si se rehabilitó. ¿Supuso su rehabilitación grandes esfuerzos por la comunidad local?

 

Respuesta: Sí, supuso un gran esfuerzo, debido a lo que nosotros percibimos como una falta de interés por las autoridades locales. Además, debido a que el cementerio está ubicado en los terrenos próximos de la Alhambra, la competencia no es del Ayuntamiento sino de la Junta de Andalucía.

 

Pregunta: En relación a su apertura o rehabilitación. ¿Qué impedimentos o requisitos de importancia encontraron tuvieron que afrontar?

 

Respuesta: Una vez realizada la segunda obra mencionada anteriormente, no hubo ningún impedimento, simplemente se llevó a cabo lo acordado en el Convenio de 2002.

 

Pregunta: La población musulmana en España ha aumentado en los últimos años y en gran parte debido a los fenómenos migratorios recientes. ¿Se han notado sus efectos en la cantidad de inhumaciones que se practican?

 

Respuesta: Sí, se está experimentando un crecimiento significativo en el número de inhumaciones que se practican en la actualidad.

 

Pregunta: ¿Afronta el cementerio problemas de espacio? Si es así: ¿Cómo se muestran las autoridades locales ante ello?

 

Respuesta: Sí, el cementerio cuenta con problemas de espacio, se están practicando inhumaciones a un ritmo frenético que, si continua como hasta ahora, se prevé que no quede espacios disponibles en los próximos años.

 

Pregunta: ¿Ante qué desafíos se encuentran actualmente o prevén encontrar en futuro cercano en lo relacionado con las instalaciones actuales del cementerio?

 

El principal problema al que se enfrenta la comunidad islámica de Granada es que no se ha previsto por parte de las autoridades estas situaciones, las soluciones que se han llevado a cabo han sido a corto plazo y es de vital importancia que las próximas soluciones se planteen para solucionar problemas a largo plazo.

 

  1. SOBRE LAS PRÁCTICAS DE ENTERRAMIENTO

 

Pregunta: De acuerdo con el Decreto núm. 95/2001 de la Junta de Andalucía se permiten enterramientos sin féretro por motivos de confesión. ¿Afrontaron en fechas anteriores a la aprobación de dicho Decreto problemas a la hora de practicar enterramientos?

 

Respuesta: No se ha producido ningún problema, la comunidad islámica de Granada se muestra conforme con esta normativa tan permisiva.

 

Pregunta: En el periodo de estado de alarma debido a la COVID-19 por motivos de salubridad se hacían preceptivas las inhumaciones con féretro. ¿Afrontaron los allegados de los fallecidos algún malestar por dicha medida?

 

Respuesta: Sí, se produjo un malestar generalizado en la comunidad islámica de Granada, ya que la normativa preveía únicamente las incineraciones y los entierros con féretro.

 

Pregunta: De acuerdo con las prácticas islámicas, la realización de autopsias es algo que se evita a toda costa. ¿Es común que las autoridades pertinentes eximan de su práctica al alegarse motivos religiosos?

 

Respuesta: En ciertos casos es posible que se exima, se produce en los casos en los que no hay sospechas de una muerte que no sea natural, prevista o evidente.

 

Pregunta: ¿Ha habido casos en los que se haya ordenado su práctica sin motivo aparente e incluso habiendo alegado motivos religiosos para su oposición?

 

Respuesta: Fuera de los casos planteados anteriormente, no sabemos de tales casos.

 

Pregunta: Muchos fallecidos extranjeros son repatriados a sus países de origen. ¿Se aprecia que esta práctica haya disminuido en los últimos años y se practiquen las inhumaciones en el cementerio?

 

Respuesta: Sí, al estar la población inmigrante cada vez mejor establecida en España, las repatriaciones de los cadáveres a sus países de origen han disminuido notablemente y se producen cada vez más enterramientos en Granada.

 

Pregunta: ¿Han afrontado en el pasado dificultades de cara a la normativa a la hora de realizar inhumaciones de acuerdo con las prácticas islámicas? En caso afirmativo, ¿Qué tipos de inconvenientes?

 

Respuesta: Desde que se firmó el Convenio con el Ayuntamiento de Granada no ha habido inconvenientes, el acuerdo fue muy fructífero para poder practicar enterramientos de acuerdo a las creencias islámicas.

 

Pregunta: ¿Se ha notado a lo largo de los años una mayor permisividad por la normativa o por las autoridades en lo que respecta a la realización de las prácticas islámicas de enterramientos?

 

Respuesta: No, no ha habido ninguna variación de la normativa, desde la firma del Convenio se han permitido las practicas islámicas desde el comienzo y no ha supuesto ningún problema desde entonces.

 

ENTREVISTA CON ABDALLAH TAWFIQ VELASCO MONTES, MADRID.

 

Nuestra última entrevista se realiza a Abdallah Tawfiq (Carlos) Velasco Montes, psicólogo y psicoterapeuta, miembro de la comunidad islámica de Madrid que, además, ha trabajado con distintas organizaciones tanto islámicas como no islámicas a nivel nacional e internacional. Estuvo además cooperando con miembros de la entidad que gestiona el Cementerio Islámico de Granada.

 

  1. SOBRE LA CREACIÓN, REHABILITACIÓN Y GESTIÓN DEL CEMENTERIO

 

Pregunta: ¿Qué tipo de cementerio es? ¿Público, privado, o histórico (de la Guerra Civil)?

 

Respuesta: Es un cementerio público de tipo histórico, es decir, del periodo franquista.

 

Pregunta: ¿De qué periodo data la inauguración del cementerio?

 

Respuesta: Se inauguró durante la posguerra y sirvió como necrópolis para la Guardia Mora de Franco.

 

Pregunta: La población musulmana en España ha aumentado en los últimos años y en gran parte debido a los fenómenos migratorios recientes. ¿Se han notado sus efectos en la cantidad de inhumaciones que se practican? 

 

Respuesta: El aumento ha sido muy notable en los últimos años y existe en la actualidad una auténtica necesidad de crear nuevos cementerios islámicos o de ampliar los que ya existen.

 

Pregunta: ¿Afronta el cementerio problemas de espacio? Si es así: ¿Cómo se muestran las autoridades locales ante ello?

 

Respuesta: Sí, en la actualidad existe una problemática, ya que quedan pocos espacios para las sepulturas.

 

Pregunta: ¿Ante qué desafíos se encuentran actualmente o prevén encontrar en futuro cercano en lo relacionado con las instalaciones actuales del cementerio?

 

Respuesta: En la actualidad hay un conflicto con el Ayuntamiento, éste cedió un terreno destinado a dichas inhumaciones, pero la actuación se encuentra paralizada y el cementerio actual, el de Grillón se encuentra en una imposibilidad de ser ampliado.

 

  1. SOBRE LAS PRÁCTICAS DE ENTERRAMIENTO

 

Pregunta: ¿Prohíbe la normativa de la Comunidad de Madrid la inhumación sin féretro? ¿Afrontan debido a ello problemas a la hora de practicar enterramientos?

 

Respuesta: En la normativa autonómica madrileña el uso de féretros es obligatorio en lo que se refiere a enterramientos, por lo tanto, las inhumaciones sin féretros son obligatorias a excepción de algunos casos específicos contempladas para situaciones concretas o de emergencia.

 

CONCLUSION Y REFLEXIONES SOBRE LAS EXPERIENCIAS DE LAS DISTINTAS COMUNIDADES ISLÁMICAS EN ESPAÑA.

 

Las experiencias de las distintas comunidades islámicas en España en relación con sus espacios y prácticas de enterramiento muestran una diversidad considerable, reflejando tanto los desafíos comunes como las soluciones particulares. Cada comunidad se enfrenta a problemas específicos relacionados con la normativa autonómica y local, la disponibilidad de espacios y la compatibilidad de sus prácticas religiosas con las regulaciones vigentes.

 

Uno de los principales desafíos es la incompatibilidad entre las prácticas islámicas tradicionales y las normativas locales, como la prohibición de enterramientos sin féretro y la obligatoriedad de las autopsias. Estas prácticas son vistas como irrespetuosas hacia el difunto de acuerdo con las convicciones islámicas. A pesar de estos obstáculos, se ha observado una tendencia positiva hacia una mayor comprensión y adaptación por parte de las autoridades locales y las empresas funerarias, motivada en parte por el aumento de la población musulmana en España y la necesidad de atender sus requerimientos religiosos​​.

 

Las comunidades islámicas han demostrado una notable capacidad de organización y resistencia frente a propuestas que consideran inapropiadas, como la construcción de nichos subterráneos, y han defendido firmemente su derecho a entierros dignos y acordes a sus creencias. Este activismo ha sido fundamental para preservar sus prácticas y espacios de enterramiento​​.

 

En conclusión, las experiencias de las comunidades islámicas en España reflejan un trabajo continuo por el reconocimiento y respeto de sus prácticas de enterramiento. A pesar de las dificultades, las comunidades han encontrado formas de adaptarse y negociar con las autoridades para garantizar que sus derechos sean respetados. Esta situación subraya la necesidad de un diálogo constante y constructivo entre las comunidades religiosas y las autoridades para asegurar que las normativas sean respetuosas con la diversidad religiosa de la sociedad española​​.

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